La ONU pide por mayoría un alto el fuego en Gaza y 10 países se oponen

marzo 6, 2024
Vista general de la 45ª sesión plenaria de la reanudación de la 10ª Sesión Especial de Emergencia de la Asamblea General sobre “Medidas ilegales israelíes en la Jerusalén Oriental ocupada y el resto del Territorio Palestino Ocupado”. ONU / Loey Felipe
Vista general de la 45ª sesión plenaria de la reanudación de la 10ª Sesión Especial de Emergencia de la Asamblea General sobre “Medidas ilegales israelíes en la Jerusalén Oriental ocupada y el resto del Territorio Palestino Ocupado”. ONU / Loey Felipe

Rafael Bustos García de Castro, Universidad Complutense de Madrid

La Asamblea General de Naciones Unidas volvió a reunirse de nuevo en la sesión de emergencia número 10 el martes 12 de diciembre para discutir y aprobar su segunda resolución sobre el conflicto armado en Gaza. La nueva resolución A/ES-10/L.27 se produce tras el nuevo veto ejercido por EE. UU. para frenar la acción del Consejo de Seguridad.

Cuando el Consejo de Seguridad se encuentra bloqueado y no puede atender su “responsabilidad primordial”, es posible que la Asamblea General se reúna y adopte medidas que son urgentes y necesarias para el mantenimiento de la paz.

En el pasado, se utilizó en varias ocasiones la cláusula Unión Pro Paz contenida en la resolución 377A (V) de 1950, incluyendo el uso de medidas colectivas, como en la guerra de Corea, lo que permitió desplegar tropas internacionales en este y otros conflictos posteriores.

Sin que fuera necesario, la resolución de hace unos días no invoca expresamente la cláusula Unión Pro Paz, sino la grave preocupación por la “catastrófica situación humanitaria”, y tampoco da el paso de recomendar medidas colectivas.

La importancia de la presente resolución debe medirse entonces por la presión que crea para detener el conflicto, especialmente teniendo en cuenta el masivo apoyo a la misma. Ha obtenido 153 votos a favor, 10 votos en contra y 23 abstenciones que contrastan con los 121 votos a favor, 14 en contra y 44 abstenciones que sumó la resolución precedente del 27 de octubre, A/RES/ES-10/2 1.

Es llamativo que en esta ocasión ha habido 32 votos más a favor y 25 votos menos en contra o abstenciones. También el número de países ausentes y no votantes se redujo a la mitad, de 14 en octubre a 7 ahora en diciembre.

Países que han cambiado su voto

Por su importancia destaca el voto de Japón, tercer mayor contribuyente de Naciones Unidas, que pasó de la abstención al voto afirmativo. Y el de la India, país más poblado, que lo cambió en el mismo sentido.

Entre los países europeos, es de resaltar que, aunque persiste una minoría opuesta, son menos ahora los que han votado en contra o se han abstenido. Croacia ha pasado de votar en contra a votar a favor, mientras Hungría ha cambiado el voto negativo por la abstención. Con todo, todavía un tercio de los países de la UE ha manifestado no compartir el sentir mayoritario de la sociedad internacional. En concreto, hubo 2 votos negativos (Austria y Chequia) y 8 abstenciones de un total de 27 Estados (Alemania, Italia, Eslovaquia, Lituania, Hungría, Países Bajos, Bulgaria y Rumanía).

Por otro lado, estos son los países que se han opuesto: Estados Unidos, Israel, Austria, República Checa, Guatemala, Liberia, Micronesia, Nauru, Papúa Nueva Guinea y Paraguay.

La razón principal de este cambio en la dirección de un mayor consenso internacional si cabe –recordemos que las resoluciones de la Asamblea General se aprueban por mayoría de 2/3 de los votantes (art. 18.2, Carta Naciones Unidas) y que por tanto 153 votos supone una mayoría reforzadísima– se debe al cambio en las opiniones públicas de muchas sociedades, que consideran que en este conflicto se han superado todos los límites tolerables.

Incluso en países que todavía no han modificado su posición, como Estados Unidos, la opinión pública estadounidense y mundial está basculando hacia un alto el fuego duradero y una solución negociada de la crisis que tenga en cuenta el contexto en el que se origina. Así se lo hizo ver el presidente estadounidense Joe Biden al Gobierno israelí en unas críticas declaraciones el mismo día que se aprobaba la resolución.

Una resolución más sintética

Hay también otras causas que tienen que ver con el hecho de que esta resolución es mucho más sintética y por ello genera mayor unidad. Efectivamente, se trata de una resolución de cuatro puntos, frente a los 14 de la anterior. Las diferencias más importantes estriban en que se pide un “alto el fuego humanitario inmediato”, pero no se exige que sea “duradero y conducente al fin de las hostilidades”. Se urge a la liberación de rehenes y al acceso de ayuda humanitaria.

Desaparecen del texto las llamadas a la contención para que no se produzca una escalada y a alcanzar una paz justa y duradera por medios pacíficos. De manera genérica, los puntos concretos sobre acceso humanitario, no desplazamiento forzoso y población, provisión de alimentos, medicinas y combustible, prohibición de atacar instalaciones civiles y a trabajadores humanitarios (UNRWA, Cruz Roja, sanitarios…) se sintetizan en un solo párrafo sobre el cumplimiento de las exigencias del derecho internacional humanitario por todas las partes, especialmente respecto de la protección de la población civil.

En conclusión, la Asamblea General no ha dado todavía el paso de recomendar medidas colectivas, pero ha demostrado que asume con urgencia sus responsabilidades por la parálisis del Consejo de Seguridad (Unión Pro Paz).

Por medio de la última resolución ha expresado de manera abrumadoramente mayoritaria una necesidad urgente: el alto el fuego de la violencia en Gaza. Y al hacerlo ha situado al Consejo de Seguridad frente a frente con su obligación de respaldar la resolución de la Asamblea, so pena de ser visto como un órgano secuestrado por la voluntad de uno de sus miembros permanentes.


Rafael Bustos García de Castro, Profesor e investigador, Universidad Complutense de Madrid

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

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