El paradigma distributivo de justicia: límites, críticas y perspectivas ampliadas

Una versión ampliada del artículo saldrá publicada en Dialektika: Revista de Filosofía y Teoría Social
agosto 28, 2023

El paradigma distributivo, según Young (1990), se centra en las teorías de justicia social relacionadas con la posesión de bienes materiales y posiciones sociales. A pesar de que algunas teorías toman en cuenta ciertos bienes intangibles, este enfoque a menudo resulta en una confusión conceptual acerca de cómo distribuir algo de naturaleza intangible, además de omitir consideraciones sobre la opresión y las dinámicas institucionales.

A pesar de esto, Young no rechaza este paradigma, sino que busca reorientar la noción de justicia social, incorporando los conceptos de dominación y opresión. La autora define el paradigma distributivo como centrado en la distribución equitativa de beneficios y cargas sociales, incluyendo recursos materiales y bienes sociales. Sin embargo, Young critica su falta de atención al contexto institucional, como estructuras, prácticas y reglas que influyen en la distribución. Young identifica aspectos ignorados como los procesos de toma de decisiones, la división del trabajo y la cultura. Su posición respecto al paradigma distributivo es que cosifica bienes no materiales y no considera adecuadamente las relaciones sociales y las reglas institucionales. Su crítica sugiere una necesidad de comprender la justicia social en un contexto más amplio y dinámico.

En su análisis crítico de las ideas de Young (1990), Nancy Fraser (1995) expresa preocupación por las ambigüedades que percibe en su intento de amalgamar las nociones de reconocimiento y distribución en una sola teoría. Fraser argumenta que Young genera interferencias entre estos conceptos al tratar de unificarlos. Young presenta dos aspectos de opresión: falta de reconocimiento cultural y falta de oportunidades económicas, siendo el primero un problema de subvaloración y el segundo de subdesarrollo. Fraser critica esta fusión, ya que la diferencia cultural carece de valor político-económico. Fraser propone una solución en la optimización del desarrollo y sugiere que la diferencia cultural no debe reemplazar los arreglos de distribución. Young (2009) responde defendiendo la necesidad de abordar la interconexión entre aspectos culturales y económicos. La autora afirma que los cambios en la división del trabajo alteran tanto la distribución de bienes como el significado cultural del trabajo. Esto puede mejorar las condiciones de los desfavorecidos y su autopercepción.

Fraser (1997) contribuye a la crítica de las teorías de justicia al destacar la reducción de estas a la distribución y la falta de un fundamento normativo sólido. La autora distingue entre injusticias culturales y económicas y aboga por corregirlas mediante cambios estructurales y simbólicos. En su debate con Honneth (2006), este realiza una crítica sobre su enfoque. Honneth objeta que Fraser limita su análisis a grupos en la esfera pública y vincula sus conceptos normativos a los objetivos de los movimientos sociales, lo que podría ser problemático si estos objetivos cambian. Honneth también critica el paradigma distributivo, argumentando que no se puede preestablecer la autonomía y rechaza la distribución de bienes como base para la justicia. El autor aboga por un enfoque en el reconocimiento recíproco para evaluar la justicia y critica a Fraser por no resolver cuestiones centrales de la justicia distributiva en su intento de ampliar el marco distributivo.

En resumen, Fraser cuestiona la fusión de reconocimiento y distribución en la teoría de Young debido a sus ambigüedades. Young y Fraser debaten sobre cómo abordar las injusticias culturales y económicas, mientras que Honneth ofrece una perspectiva centrada en el reconocimiento recíproco como base para evaluar la justicia, criticando tanto el paradigma distributivo como la postura de Fraser.

Para este tipo de cuestiones de justicia distributivas es que se podrían usar o combinar los planteamientos de Sen o de Nussbaum (Fascioli, 2011). En este punto, la cuestión que está en juego al articular la posición de Sen (1998) y de Nussbaum (2003) es la idea de sujeto-agente, ya que el bienestar no es suficiente para servir de base informacional. Por esto es que Sen (1998) plantea la faceta de agencia. Sen (1998) destaca la importancia de la agencia, que implica la libertad de perseguir metas y valores importantes para uno, incluido el bienestar. Esto presupone la autonomía y la capacidad de establecer objetivos y elecciones fundamentales en la vida personal, incluso si esto implica sacrificar el bienestar. Sen reconoce que su enfoque se basa en la idea de que una vida buena está intrínsecamente ligada a la libertad. A diferencia de la tradición liberal que valora la libertad negativa (no interferencia externa), Sen también aprecia la libertad positiva, que se refiere a las reales oportunidades que las personas tienen para ser y hacer algo en sus vidas (Fascioli, 2011).

Así, Nussbaum (2012) defiende unos principios básicos respaldados en la cuestión de las capacidades y en la medida en que estos son respetados, se mantiene la dignidad humana y se genera una promoción de lo que llama deseos informados. Por esto, asegurar que se cumpla la lista de capacidades[1], según Nussbaum (2012), produce un efecto positivo en la sociedad, que bajo otras condiciones contrarias, la  promoción  de estas sería menor o nula. Hay que recordar que el enfoque de Nussbaum trata de capacidades y no de funciones, es decir, de la elección como un bien y no de cierto funcionamiento real. Por lo tanto, tiene como punto positivo que admite una pluralidad, al aceptar diversos tipos de acciones, teniendo como condición que se dé la  posibilidad  de cumplir la capacidad. Se debe tener presente, además, lo central del concepto de preferencia adaptativa en la propuesta de Nussbaum. Mientras que una preferencia autónoma es el resultado de una reflexión del propio agente, una preferencia adaptativa se da a través de un mecanismo causal que el agente no elige, cuando el agente de forma no consciente intenta ajustar sus deseos a su modo de vida.

Se podría afirmar que el desplazamiento del enfoque distributivo ha llevado a una perspectiva relacional de la justicia social, preocupada por la propia agencia individual, más que por la distribución de lo que alguien pueda recibir (Pereira, 2013a). En este punto, la cuestión de la métrica de justicia es lo que determina el alcance de su teoría y al asumir una métrica de las capacidades, ya no se podría considerar estrictamente a una teoría dentro del paradigma distributivo (Pereira, 2013a). En este sentido, el enfoque de las capacidades de Martha Nussbaum, que se basa en una idea intuitiva de dignidad y establece una lista de capacidades humanas (Nussbaum, 2003), considera a los individuos como fines en sí mismo, en donde los individuos autónomos se encuentren en una situación en donde sus capacidades están aseguradas. Entonces, para tener una buena vida es necesario que exista la posibilidad de acceder a ciertas capacidades y oportunidades. Muchas veces los individuos van en contra de sus propios intereses, al actuar sobre la base de preferencias adaptativas. Por esto, es que no es posible basarse en las preferencias de los individuos para definir políticas sociales sino en observar, precisamente, si se cumple o no la lista de capacidades básicas que plantea Nussbaum. Asumir esto es, como ya se dijo,  plantear una perspectiva relacional de la justicia social, que está estrictamente más allá del carácter distributivo de asignación de bienes o recursos.

Referencias

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Fascioli, Ana. (2011). Justicia social en clave de capacidades y reconocimiento. Areté, 23(1), 53-78. Recuperado de: http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1016-913X2011000100003&lng=es&tlng=es.

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Notas

[1] La lista de capacidades de Nussbaum (2001): 1. Ser capaz de vivir hasta el fin de una vida humana completa, tanto como sea posible, no morir prematuramente, o antes de que esté tan reducida que no valga la pena vivirla. 2. Ser capaz de tener buena salud, estar adecuadamente nutrido, tener la protección necesaria, tener oportunidades para la satisfacción sexual. 3. Ser capaz de evitar el dolor innecesario y no beneficioso, y tener experiencias placenteras. 4. Ser capaz de usar los cinco sentidos, de imaginar, pensar, y razonar. 5. Ser capaz de ligarse a cosas y otras personas, amar a aquellos que nos aman y cuidan, sufrir frente a su ausencia, sentir gratitud, amor. 6. Ser capaz de formar una concepción del bien y tener una reflexión crítica sobre la planificación de la propia vida. 7. Ser capaz de vivir para y con otros, reconocer y mostrar preocupación por otros seres humanos, involucrarse en interacciones familiares y sociales. 8. Ser capaz de vivir en relación con el resto del mundo natural. 9. Ser capaz de reír, jugar y disfrutar de actividades recreativas. 10. Ser capaz de vivir la propia vida en el propio contexto. (Fascioli, 2011, p.63)


Una versión ampliada del artículo saldrá publicada en Dialektika: Revista de Filosofía y Teoría Social en su próximo número.

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